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Víctimas de accidentes de tránsito en Costa Rica

Actualizado: 22 nov 2022

La conducción de vehículos es una actividad de riesgo que realizamos todos los días. Estadísticamente todo conductor tendrá al menos dos accidentes de tránsito durante su vida. Por suerte la gran mayoría de accidentes de tránsito solo involucran daños materiales.


Sin embargo, la cifra de muertes y lesionados producto de los accidentes de tránsito aumenta cada año. Estadísticamente las personas que más mueren en accidentes de tránsito son personas entre 18 y 35 años de edad, en su mayoría hombres, y con mayor frecuencia los fines de semanas.


Si un accidente de tránsito solamente produce daños materiales, judicialmente se tramitará ante un juzgado de tránsito. Sin embargo, si el accidente involucra personas con lesiones o muertos, se procederá a iniciar un proceso penal por los delitos de lesiones culposas u homicidio culposo o imprudente.


Los delitos culposos tienen como característica principal que la persona que lo comete no tiene la intención de cometerlo, pero conscientemente comete una infracción a la Ley de Tránsito que genera un accidente que produce lesiones o la muerte de una persona.


Ahora bien, la mayoría de procesos penales por lesiones u homicidios culposos terminan mediante una conciliación, en la que se repara económicamente a la persona ofendida por las lesiones, y el sufrimiento sufridos, en caso de muertes, la reparación será para su familia. Para esos efectos la parte ofendida debe apersonarse al proceso penal e interponer una acción civil resarcitoria. Si la parte ofendida sufre lesiones que le hacen perder un porcentaje de capacidad para ejercer sus labores, la parte acusada tendrá que reparar también ese daño


Los daños civiles pueden abarcar: daño por las lesiones, lucro cesante por la incapacidad sufrida, reparación de la pérdida de capacidad para ejercitar las funciones durante el resto de su vida, pérdida de oportunidad, reparación del sufrimiento emocional producto de las lesiones y del proceso penal (daño moral), adicionalmente en casos de homicidio culposo si alguna persona dependía económicamente del fallecido podrá reclamarse un monto para cubrir sus gastos hasta que llegue a una edad determinada.


En la mayoría de los casos la parte imputada, podrá utilizar la póliza de seguro de su vehículo, salvo que el delito haya sido producido por que el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol o estaba haciendo piques.


Una compensación económica nunca reparará el daño y sufrimiento sufridos, pero puede hacer que los efectos del accidente sean más fáciles de sobrellevar.


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